Entretenimiento “PROMO SKI”

Bases y Condiciones

  • 1. Movifun S.A. (en adelante el “Organizador”) con domicilio en la calle Olleros 3551 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, organiza el entretenimiento “PROMO SKI”- (en adelante el “Entretenimiento”). El mismo se encontrará vigente desde el día 1 de Julio de 2010 hasta el 31 de Julio de 2010 inclusive y será válido para toda la República Argentina, excepto la provincia de Córdoba y la Ciudad de Neuquén, sujeto al cumplimiento de las presentes Bases y Condiciones (en adelante las “Bases”). La Participación en el Entretenimiento implica el íntegro conocimiento y aceptación de estas Bases.
     
  • 2. Podrá participar del presente Entretenimiento cualquier persona residente en la República Argentina (excepto la provincia de Córdoba o ciudad de Neuquén) que sea cliente de Telefónica Móviles Argentina S.A., incluidos los que tengan planes empleados facturables; En todos los casos deberán ser mayores de 18 años y no encontrarse en mora en el pago de las facturas correspondientes a los referidos servicios.
     
  • 3. Serán ganadores del Entretenimiento los participantes que a lo largo de la vigencia del Entretenimiento hayan salido sorteados de acuerdo a la mecánica descripta en las presentes. Para participar el usuario deberá enviar un mensaje de texto con la palabra SKI al número corto 747.
    Al enviar la palabra SKI al 747 el usuario quedará suscripto al sistema de alertas de MovistarViajes desde el que recibirá como máximo 3 alertas semanales, relacionadas con Ocio y Turismo, a las que podrán acceder llamando al call center desde su celular llamando al *0747. El Organizador le confirmará la recepción del mensaje a través del envío de un SMS con una bienvenida al sistema de Movistar Viajes desde el número 747. De esta forma queda en condiciones de convertirse en Ganador, de acuerdo a lo detallado el Apartado 3. 
    Se podrá participar del Entretenimiento todos los días de lunes a domingo, siempre a lo largo de la vigencia del mismo, desde las 0:00 hasta las 23:59 horas de cada una de dichas jornadas 
     
  • 4. Cada uno de los participantes reconoce y acepta que no podrá resultar ganador del Entretenimiento más de una vez, durante la vigencia del Entretenimiento.
     
  • 5. Premios:
    Tres “mini – week” en los mejores centros de ski para dos personas.
    Detalle: Tres viajes para 2 personas de 3 días y 2 noches con alojamiento en el Club Hotel Catedral ****, pases de Ski de Catedral Alta Patagonia y equipos de Ski de Catedral Ski Rental. ”Detalle individual: (dos) pasajes en Aerolíneas Argentinas en clase económica, desde la ciudad de Buenos Aires, República Argentina hacia Bariloche, y retorno a la Ciudad de Buenos Aires.
    En caso que el ganador no resida en la ciudad de Buenos Aires, los premios no incluyen el traslado de éste desde su domicilio hacia el Aeroparque Jorge Newbery de la ciudad de Buenos Aires.
     
  • 6. A los efectos de lo dispuesto en el punto 2 de las presentes Bases, se considerará que un usuario se encuentra en mora en el pago de los servicios de telefonía celular móvil cuando se verifique la existencia de alguna factura vencida e impaga de los referidos servicios telefónicos al momento de su participación. El concepto de mora que se establece en el presente punto sólo resultará aplicable a los fines del desarrollo del Entretenimiento, sin que pueda ser trasladado, a ningún efecto, a relaciones contractuales de los participantes con el Organizador o con las empresas mencionadas en el punto 2 de las presentes Bases.
     
  • 7. Durante la vigencia del Entretenimiento, los usuarios MOVISTAR que envíen la palabra SKI al 747, automáticamente PARTICIPAN del presente concurso.
     
  • 8. La participación en el Entretenimiento no implica obligación de compra. Los usuarios que quieran participar sin suscribirse al sistema de alertas de Movistar Viajes, deberán hacerlo llamando en forma gratuita desde todo el país al 0810-345-7000 desde capital y GBA, o al 011-5237-0747 desde el interior del país
     
  • 9. El costo Final para el usuario de cada mensaje de texto Alerta de Ultimo Minuto recibido desde el número 7471, será de un peso con veinticinco centavos de peso ($1,25.-).
     
  • 10. El sorteo se realizará el día miércoles 4 de Agosto de 2010, en las oficinas del organizador (Calle Concepción Arenal 3425 3ero. “57”). Se extraerán tres ganadores titulares y nueve suplentes para cada uno, ante escribano público, a través de un sistema RANDOM que operará sobre la base de todos los participantes en el sorteo.
     
  • 11. La determinación de los potenciales ganadores se efectuará mediante el sistema mencionado en las cláusulas precedentes, y sobre la base de un (1) potenciales ganador y nueve (9) suplentes de entre aquellos participantes que hayan resultado favorecidos con el sorteo, en la vigencia del Entretenimiento y de acuerdo al reglamento del mismo.
     
  • 12. El Organizador procederá entonces a establecer una comunicación telefónica con los potenciales ganadores titulares llamando a los números telefónicos correspondientes a los teléfonos celulares desde los que se enviaron los mensajes que originaron la participación en el Entretenimiento y se procederá a comunicarles que han resultado potenciales ganadores del Entretenimiento y a su vez, el día, hora y lugar en que deberán concurrir a contestar la pregunta de interés general a que se refiere el punto 17 de las presentes Bases.
     
  • 13. En caso que la comunicación no pueda ser establecida, por cualquier razón que ello fuera incluyendo, sin limitación, que la línea se encuentre ocupada o que no se responda al llamado, el Organizador procederá a realizar un nuevo intento de comunicación. Si al segundo intento la comunicación no pudiera ser establecida, el participante quedará eliminado, sin derecho a reclamo alguno. En caso que no pueda establecerse la comunicación telefónica con el participante, los restantes potenciales ganadores adelantarán una posición en el escalafón, pasando el que ocupare el segundo lugar, a ocupar el primero, y así sucesivamente. Este procedimiento se llevará a cabo hasta tanto se obtenga al potencial ganador en condiciones de recibir cada uno de los premios.
     
  • 14. La llamada telefónica a la que se refiere en los puntos 12, y 13 de las presentes Bases, será realizada el mismo día del sorteo, luego de la efectivización del mismo.
     
  • 15. Paralelamente, y una vez determinados los potenciales ganadores, el Organizador procederá a comunicarse con Movistar y constatará que no se encuentren en mora en el pago de los referidos servicios, en los términos mencionados en las presentes “Bases”.
     
  • 16. Para acceder a los premios previstos en el Entretenimiento, los potenciales ganadores deberá cumplir con los siguientes requisitos:
    a. Presentarse en el lugar, fecha y hora dispuesta por el Organizador, dentro de los 10 (diez) días corridos desde el llamado referido en las cláusulas 12 y 13 de las presentes Bases,
    b. Exhibir el original de su DNI y entregar una fotocopia del mismo
    c. Deberá también Exhibir una tarjeta de crédito vigente,
    d. Responder correctamente una pregunta de cultura o interés general que le formulará el Organizador, acreditar que no adeuda pagos correspondientes a los servicios de telefonía celular, debiendo haber abonado la factura que contenga tales cargos no más allá del segundo vencimiento contenido en la misma, acreditando tal circunstancia dentro de los 20 (veinte) días de producido el segundo vencimiento antes referido, para el caso de clientes de telefonía celular bajo la modalidad de contrato, es decir con pago de factura, por los servicios de telefonía celular.
     
  • 17. En caso de no cumplir el potencial ganador del premio con la presentación de la documentación y/o provisión de datos referidos en los puntos 2) y 3) de esta cláusula y/o si contestara incorrectamente la pregunta de cultura o interés general que se le formule, en tiempo y forma, de acuerdo a la fecha acordada con cada potencial ganador al momento de la comunicación, caducará su derecho al reclamo del premio y tampoco tendrá derecho a reclamar compensación o indemnización alguna. En estos casos se procederá conforme el procedimiento estipulado en la cláusula 13, reiterándose el procedimiento descripto precedentemente en las presentes Bases. Dicho procedimiento se reiterará hasta que el Organizador haya agotado el intento de contactar a todos los potenciales ganadores, tanto titulares como suplentes.
     
  • 18. Una vez cumplimentados los requisitos arriba indicados, cada uno de los favorecidos en el Entretenimiento se consolidará como acreedor definitivo del premio ofrecido. Los premios serán entregados por el Organizador en Concepción Arenal 3425 Piso 3 oficina 57, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Tratándose en ningún supuesto el premio podrá ser canjeado total o parcialmente por dinero en efectivo, ni bienes y/o servicios de ningún tipo. El premio será además intransferible.
     
  • 19. Todos los costos e impuestos que se deriven para obtener y retirar los premios, así como todo impuesto o tributo que deba actualmente abonarse o se imponga en el futuro sobre los premios del Entretenimiento, y los gastos en que incurran los Participantes como consecuencia de la obtención y entrega de los mismos incluyendo, sin limitación, aquellos gastos de traslado y estadía en que incurran para procurar la entrega de los premios y aquellos que emanen de la asistencia del participante al acto de contestación de la pregunta de interés general, se encontrarán a su exclusivo cargo.
     
  • 20. El envío del mensaje de texto al número corto 747, correspondiente al teléfono celular desde el que se haya efectuado el envío del mensaje de texto o el llamado al Call Center que diera lugar a la participación en el Entretenimiento, a través de la modalidad “Sin obligación de Compra” resultará plenamente válido, sin que pueda ser opuesta al Organizador la pérdida, hurto, robo, extravío o avería de los correspondientes equipos telefónicos.
     
  • 21. La probabilidad de obtener un premio en el Entretenimiento dependerá de la cantidad de personas que participen en el Entretenimiento, cantidad esta imposible de determinar a ciencia cierta y de antemano por parte del Organizador, dado estar abierto el Entretenimiento a todo Usuario de telefonía celular, con los condicionantes estipulados en apartado 2.
     
  • 22. Los Participantes autorizan al Organizador a utilizar los datos obtenidos a través del desarrollo del Entretenimiento para la creación de una base de datos con el solo objetivo de conformar la base de sorteo de potenciales ganadores del Entretenimiento, sin derecho a indemnización o compensación alguna, y sin perjuicio de las facultades con que cuentan los Participantes conforme Ley 25.326 en cuanto a solicitar al Organizador la modificación, actualización y/o supresión de tales datos.
     
  • 23. La participación en el presente Entretenimiento implicará la expresa autorización para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción o publicación de las filmaciones, fotografías, imágenes o grabaciones de imagen y/o voz y/o datos personales de los participantes en general y los ganadores en particular, en todos y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo presentaciones por televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, etc.) con cualquier finalidad, sin que el participante tenga derecho al reclamo de indemnización o compensación alguna. Los participantes garantizan que no existen terceros que tengan derechos de exclusividad sobre la exhibición, publicación, difusión, reproducción y/o la puesta en el comercio de su imagen, voz y/o datos personales. En caso contrario, se comprometen a mantener indemne al Organizador respecto de cualquier reclamo que por este motivo pudieran formular terceras personas. Los participantes reconocen que la participación en el Entretenimiento no les causa ningún perjuicio patrimonial, por tanto, renuncian a cualquier reclamo que puedan efectuar por la disminución de sus ingresos (ya sea por la participación en el Entretenimiento o por la cesión de derechos antes referida).
     
  • 24. Tanto el listado de ganadores del Entretenimiento como estas bases serán publicadas en la sección destinada al Entretenimiento en la página web www.movifun.tv y en www.movistarviajes.com
     
  • 25. No podrán participar de los sorteos del presente Entretenimiento los empleados del Organizador, ni de las empresas relacionadas o vinculadas con el Entretenimiento, ni de la empresa, Telefónica Móviles Argentina S.A. ni sus parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive ni sus cónyuges.
     
  • 26. Las presentes Bases podrán ser modificadas sin previo aviso a criterio del Organizador y publicadas a través de los distintos medios de comunicación, previa autorización de Lotería Nacional Sociedad de Estado.
     
  • 27. El Organizador podrá suspender definitiva o transitoriamente este concurso, como así también introducir las modificaciones que juzgue convenientes en cuanto a las condiciones, modalidades y características o premios del mismo, y/o de su entrega, en caso de configurarse el supuesto de caso fortuito o fuerza mayor, sin que ello genere derecho alguno o reclamo por parte de los participantes.
     
  • 28. En ningún caso Telefónica Móviles Argentina S.A.” (Movistar)., será responsable del Entretenimiento.
     
  • 29. Las presentes Bases podrán ser consultadas en www.movifun.tv o en las oficinas del Organizador, en la calle Concepción Arenal 3425 3er piso, Of. 57 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre las 11:00 y las 14:00 hs de lunes a viernes.
     
  • 30. El envío de al menos un (1) mensaje de texto al 747 y/ó la solicitud del formulario bajo la modalidad “sin obligación de compra” implicará la aceptación total de estas Bases y Condiciones.
     
  • 31. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización del Entretenimiento, los participantes y el Organizador se someterán a la competencia de los tribunales ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires.
Compromiso Movistar Viajes - BEST IDEA GROUP S.A. - Empresa de Viajes y Turismo / MOVI VIAJES - Legajo Nro. 13586 - EVT Disp. 713/08
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